Cesión de Derechos: ¿Cómo vender su parte de la herencia?
A menudo, tras el fallecimiento de un familiar, los herederos se encuentran en una comunidad indivisa que puede tardar años en liquidarse. La espera por un juicio de partición o el acuerdo de venta de una propiedad puede ser extenuante. Es aquí donde surge una alternativa estratégica: la cesión de derechos hereditarios.
Vender sus derechos no significa vender una casa o un auto específico, sino transferir su calidad de heredero y la cuota que le corresponde en la universalidad de los bienes del difunto. Es una vía rápida para obtener liquidez y delegar la complejidad del proceso judicial a un tercero.
Requisitos Críticos para la Venta
Para que esta operación sea válida y segura, el ordenamiento jurídico chileno exige el cumplimiento de presupuestos fundamentales:
- Apertura de la Sucesión: No se pueden vender derechos de una persona viva. La sucesión debe estar abierta, es decir, el causante debe haber fallecido. Intentar ceder derechos sobre una “herencia futura” adolece de objeto ilícito.
- Escritura Pública: Al tratarse de un derecho real sobre una universalidad, la ley exige la solemnidad de la escritura pública ante notario.
- Responsabilidad del Cedente: Según el artículo 1909 del Código Civil, el vendedor solo responde de su calidad de heredero. No garantiza que la herencia tenga muchos bienes o pocas deudas, salvo que se estipule lo contrario.
¿Qué recibe el comprador?
Quien compra sus derechos (el cesionario) adquiere la facultad de participar en la sucesión tal como lo haría usted. Esto incluye el derecho a pedir la posesión efectiva, solicitar la partición de bienes y recibir la cuota de activos que le correspondan al final del proceso. Sin embargo, también asume, en la práctica, la carga de las deudas hereditarias a prorrata de su cuota.
En Vía Zamboni, asesoramos a herederos en la redacción de estas escrituras para blindar su responsabilidad y asegurar que la transacción sea un paso hacia su tranquilidad financiera, no un nuevo problema jurídico.
